Con la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco, el empresario tiene la posibilidad de planificar su sucesión a través de los pactos sucesorios y de esta manera asegurar la permanencia de la entidad familiar.
En primer lugar, el pacto sucesorio consiste en un contrato entre dos partes que requiere el consentimiento conjunto de ambas para modificarlo o revocarlo.
En segundo lugar, con los pactos sucesorios no es necesario esperar al fallecimiento del empresario para planificar la sucesión de la empresa familiar, puesto que puede tener eficacia de presente.
Por último, el tratamiento fiscal de las sucesiones mortis causa es más ventajoso respecto de las donaciones inter vivos.
En Ruiz de Infante Abogados asesoramos y acompañamos a las empresas familiares en la planificación sucesoria, permitiendo un relevo generacional satisfactorio para todas las partes implicadas.